De acuerdo a la Ley de Migración, las niñas, niños y adolescentes no pueden ser privadas de su libertad por motivos migratorios (LM, Art. 11). En la misma ley se establece que “En ningún caso la autoridad migratoria podrá devolver, expulsar, deportar, retornar, rechazar en frontera o no admitir a una niña, niño o adolescente sin que antes la autoridad competente valore si su vida, libertad o seguridad se encuentra en peligro. Para ello, la autoridad migratoria en contacto con la niña, niño o adolescente deberá notificarle a la Procuraduría de Protección de manera inmediata” (LM, Art. 74).

En este mismo artículo se agrega que “En tanto la Procuraduría de Protección determina el interés superior de la niña, niño o adolescente y presenta al Instituto el Plan de Restitución de Derechos, toda niña, niño o adolescente será documentada como Visitante por Razones Humanitarias […]” (LM, Art. 74). 

Sobre este mismo plan de restitución de derechos, en el artículo 112 del mismo instrumento se establece que “En el caso de que el plan de restitución de derechos que emita la Procuraduría de Protección recomiende la permanencia de la niña, niño o adolescente, el Instituto lo podrá regularizar […] y tendrá derecho a la preservación de la unidad familiar” (LM, Art. 112).

Por otra parte, en el mismo artículo se hace mención de que “En el caso de que el plan de restitución de derechos que emita la Procuraduría de Protección estipule la posibilidad de que la niña, niño o adolescente salga del país, el Instituto procederá al retorno asistido y se notificará de esta situación al Consulado correspondiente, con tiempo suficiente para la recepción del niño, niña o adolescente en su país de nacionalidad o residencia” (LM, Art. 112).

¿Cuántas niñas, niños y adolescentes migrantes han sido deportadas?

Sin embargo, pese a la última reforma legislativa, según cifras de los Boletines estadísticos 2010-2021 de la Unidad de Política Migratoria, 17,711 personas de entre 0 y 17 años fueron deportadas desde México en 2021. Lo anterior representó un aumento de 103.3% con respecto al número de deportaciones de niñas, niños y adolescentes que tuvo lugar en 2020.

¿Qué información existe sobre las niñas, niños y adolescentes migrantes detenidas?

Más de una tercera parte (el 37.2%) de las personas de 0 a 17 años deportadas por el Estado mexicano en 2021 eran mujeres, mientras alrededor de tres de cada cinco eran hombres (el 62.8%). Por otra parte, más de la mitad (el 54.8%) de las niñas, niños y adolescentes deportadas el mismo año venían acompañadas, siendo más de dos de cada cinco registradas como no acompañadas (el 45.2%). En adición, más de la mitad (el 54.9%) de las personas de 0 a 17 años deportadas durante el mismo periodo eran adolescentes de entre 12 y 17 años; el 45.1% restante correspondía a niñas y niños de entre 0 y 11 años.

¿A dónde se deportan más niñas y adolescentes migrantes?

En 2021, el 96.4% de las niñas, niños y adolescentes deportados por el Estado Mexicano han sido repatriados a los países del triángulo norte de centroamérica (Guatemala, Honduras y El Salvador). En segundo orden, las personas de 0 a 17 años han sido repatriadas a Nicaragua, que concentra el 1.4% de las deportaciones del mismo periodo. La población restante ha sido repatriada a países en América del Sur y el Caribe, así como Estados Unidos y Europa. En otros años se han observado deportaciones al resto de los continentes.

¿Qué principales cambios se han observado en los últimos años?

Las deportaciones de niñas, niños y adolescentes por parte del Estado Mexicano habían aumentado considerablemente de 2010 a 2019. Sin embargo se observó una pronunciada caída en el número de deportaciones de personas de 0 a 17 años en 2020. Este decremento también pudo deberse a la reducción de la movilidad durante la pandemia, así como a la entrada en vigor de la reforma a la Ley de Migración en donde se establece que las repatriaciones deben ser precedidas por un plan de restitución de derechos generado por la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. 

Por otra parte, históricamente se han deportado más hombres que mujeres en el rango de edad de 0 a 17 años, aunque ahora las mujeres representan una mayor proporción de las deportaciones: así, observamos que mientras en 2010 se deportó un 23% de mujeres y un 77% de hombres de entre 0 y 17 años, en 2021 estos porcentajes fueron de 37.2% y 62.8%, respectivamente.

Otra observación importante es que únicamente en 2019 se reportaron más deportaciones de niñas y niños de 0 a 11 años que las efectuadas a adolescentes de 12 a 17 años; el resto de los años, más personas adolescentes de 12 a 17 años han sido deportadas que las niñas y niños de 0 a 11 años. Adicionalmente, es importante recalcar que desde 2016 más personas de 0 a 17 años acompañadas se deportan en comparación a las personas de la misma edad que se registran como no acompañadas.

Finalmente, se debe mencionar que desde 2010 los principales países a los que han sido deportadas personas de 0 a 17 años han sido Guatemala y Honduras. Particularmente, en 2021 el 44.2% de las deportaciones de niñas, niños y adolescentes migrantes tuvieron como destino Honduras, mientras que el 42.5% se repatrió a Guatemala. El Salvador desde 2010 ha sido el tercer país de destino de las personas de 0 a 17 años que han sido deportadas; reportando entre el 7.8% y hasta el 25.2% de las deportaciones de las niñas, niños y adolescentes migrantes.

¿Qué se puede hacer para defender los derechos de la infancia y adolescencia migrante?

Ayúdanos a promover la garantía de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en movimiento. En la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) hemos realizado un informe sobre la niñez migrante en la frontera norte y otro en la frontera sur y estas son algunas de las recomendaciones que estamos impulsando:

  • Propiciar la articulación de procesos de monitoreo del fenómeno migratorio de la niñez y la adolescencia.
  • Generar modelos de abordaje diferenciados en los países de Centroamérica en los que se unifiquen las recomendaciones de los diferentes organismos internacionales.
  • Invertir en la generación de institucionalidad, a partir del principio del interés superior del niño.
  • Una oportunidad para atender este desafío es la creación del Mecanismo Transnacional de Protección Integral para la Niñez Migrante, Refugiada y sus Familias. 

Si quieres apoyarnos en promover estas medidas que pueden servir para proteger los derechos de la niñez y adolescencia migrante visita nuestras redes sociales: https://www.facebook.com/derechosinfancia.org.mx

¡Gracias!

Fuente: UPM, Boletines estadísticos 2010-2021.

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