Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para su tratamiento y rehabilitación, de acuerdo a la Convención sobre los Derechos del Niño de la cual México es país signatario (CDN, Art. 24). En la misma Convención se establece que nuestro estado debe asegurar su aplicación en el caso de cada niña, niño y adolescente sin distinción, independientemente de la raza, el color, el origen nacional, étnico o social o cualquier otra condición de la persona de entre 0 y 17 años, de sus madres o padres o de sus representantes legales (CDN, Art. 2).
¿Cuántas niñas, niños y adolescentes afrodescendientes no tienen afiliación a servicios de salud en el país?
No obstante, a más de 30 años de la ratificación de esta Convención por parte del Estado mexicano, según cifras del Censo 2020 publicadas por INEGI, 153 mil personas afrodescendientes de 0 a 17 años (76 mil mujeres y 77 mil hombres) no tenían afiliación a servicio de salud en México en el año 2020; esto correspondía al 23.4% de la población afrodescendiente en dicho rango de edad.
A nivel nacional, el porcentaje de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes que no tenían afiliación a servicios de salud era 1.9 puntos porcentuales menor al de la población total del mismo rango de edad durante 2020 (23.4% y 25.4% respectivamente); sin embargo, en una de cada cuatro entidades el porcentaje de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes que no tenían afiliación a servicios de salud era mayor al de la población total de la misma edad. Estos ocho estados eran Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima, Guanajuato, Hidalgo, Nayarit y Zacatecas.
¿Dónde hay más casos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes sin afiliación a servicios de salud?
Chiapas, Michoacán y Estado de México eran las entidades con mayor porcentaje de personas afrodescendientes de entre 0 y 17 años sin afiliación a servicio de salud en 2020. En Chiapas, una de cada tres niñas, niños y adolescentes afrodescendientes no tenían derechohabiencia a servicios de salud el mismo año (el 32.5%). Adicionalmente, el Estado de México, Guerrero y Oaxaca eran los tres estados con mayor cantidad de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes sin afiliación a servicios de salud en 2020: más de una tercera parte de la población infantil y adolescente afrodescendiente sin derechohabiencia a servicios de salud habitaba en estas tres entidades.
¿Qué sexo y edad tiene la infancia y adolescencia afrodescendiente que no está afiliada a servicios de salud?
En el país, el porcentaje de la población afrodescendiente de 0 a 17 años que no estaba afiliada a servicios de salud era ligeramente mayor entre las mujeres que entre los hombres durante 2020 (23.6% y 23.3%, respectivamente). Esto no se observaba en la población nacional total de la misma edad, que presentaba el mismo porcentaje de no afiliación a servicios de salud tanto en mujeres como en hombres (25.4%).
Durante la primera infancia también se observaba mayor privación de este derecho que en otros rangos de edad entre la población infantil y afrodescendiente de México durante 2020: mientras el porcentaje de niñas y niños afrodescendientes de entre 0 y 5 años que no tenían afiliación a servicios de salud era de 25.4%, este mismo descendía a 22.5% entre las niñas y niños afrodescendientes de 5 a 9 años. Por otra parte, a partir de este último rango de edad, la no afiliación a servicios de salud entre la población infantil y adolescente afrodescendiente del país aumentaba con la edad: a 22.7% entre los 10 y 14 años y hasta 23.5% entre los 15 y 17 años.
¿Qué se puede hacer para ayudar a promover y defender los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes en México?
En la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) realizamos actividades de incidencia política con la finalidad de promover que el Estado mexicano tome medidas para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes. Entre las actividades que realizamos se incluye la vigilancia de que las Observaciones al Estado mexicano que genera el Comité de los Derechos del Niño sean aplicadas. Estas son algunas de las medidas sugeridas en las últimas Observaciones:
- El Comité recomienda al Estado parte que: […] (a) Adopte una ruta de acción que incluya los recursos necesarios, un cronograma y metas medibles que implique a las autoridades a nivel federal, estatal y municipal a adoptar las medidas, incluyendo medidas afirmativas, para prevenir y eliminar la discriminación de facto contra la niñez indígena, afro-mexicana y migrante, la infancia con discapacidad, la infancia gay, lesbiana, transgénero o intersexual, la niñez en situación de calle, así como la infancia en situación de pobreza y en zonas rurales; […]
- El Comité recomienda al Estado Parte que intensifique sus esfuerzos para eliminar la pobreza infantil, mediante la adopción de una política pública que se realice en consulta con las familias, con niñas y niños y las organizaciones de la sociedad civil, incluidos aquellos de comunidades indígenas, afro-mexicanos, desplazadas, migrantes y comunidades rurales, y que asigne recursos adecuados para su implementación. […]
- […] [E]l Comité […] recomienda que el Estado Parte: […] (a) Aumente sus esfuerzos para mejorar la calidad de la enseñanza y su disponibilidad y accesibilidad en particular para las niñas, niñas y niños indígenas, afro-mexicanos, desplazados, de zonas rurales, que viven en pobreza, en situación de calle, migrantes nacionales e internacionales y con discapacidad, aumentando considerablemente el presupuesto de la educación y revisando las políticas pertinentes; […]
- […] [E]l Comité recomienda al Estado parte que: […] (a) Adopte medidas integrales, en particular medidas afirmativas, de conformidad con el artículo 40 de la LGDNNA, para que niñas y niños indígenas y afromexicanos gocen de todos sus derechos en la práctica, en particular en el área de salud, educación, nutrición y acceso a la justicia y servicios de registro civil. […] (b) Refuerce las medidas para proteger a niñas y niños indígenas y afro-mexicanos de la explotación y la violencia, incluso en los centros de acogida para niñas y niños indígenas que asisten a la escuela. Dichas medidas deben elaborarse en consulta con los líderes de las comunidades indígenas y afro-mexicanas; […] (c) Recopile datos desglosados sobre niñas y niños indígenas y afro-mexicanos y que estén relacionados con todos los ámbitos que abarca la Convención y sus Protocolos Facultativos. […]
Además, para la difusión de estas medidas realizamos materiales como este boletín en el que incluimos las siguientes recomendaciones:
- Resulta imprescindible llevar a cabo estrategias específicas desde el Gobierno, en colaboración con la Sociedad Civil y la academia, que estén ligadas a atender la discriminación que sufren niñas y adolescentes afrodescendientes.
- También es necesario seguir desagregando datos en todos los registros existentes por pertenencia, autoadscripción y por edad, con el objetivo de tener más información que ayude a medir y a conocer cómo viven las niñas afro en México.
- A su vez, impulsar el respeto a sus derechos a la educación, a una vida libre de violencias, a la salud, entre otras garantías que deben tener, para darles la oportunidad y el derecho a consolidarse como #NiñasPoderosas.
Si quieres apoyarnos promoviendo que el Estado mexicano tome medidas más efectivas para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes por favor visita nuestras redes sociales: facebook.com/derechosinfancia.org.mx.
¡Gracias!
Fuente: INEGI, Censo 2020.