De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos toda persona tiene derecho a la educación (CPEUM, Art. 3). Inclusive en la misma fuente se puede leer que la educación básica (educación inicial, preescolar, primaria y secundaria) y la media superior son obligatorias en este país (CPEUM, Art. 3). En adición, en el mismo artículo se establece que la rectoría de la educación corresponde al Estado, y que la educación que éste imparta debe ser universal, inclusiva, pública, gratuita y laica (CPEUM, Art. 3).
¿Cuántas niñas, niños y adolescentes afrodescendientes en México no asisten a la escuela?
Sin embargo la garantía de este derecho no era universal entre la infancia y la adolescencia afrodescendiente del país. Lo anterior lo demuestran los datos del Censo 2020 que publicó INEGI, de acuerdo a los cuales, en México, 83.7 mil personas afrodescendientes de 3 a 17 años no asistían a la escuela en 2020. El mismo año, el porcentaje de la población afrodescendiente en este rango de edad que no asistía a la escuela en el país era de 14.9%.
Por otra parte, el porcentaje de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes que no asistían a la escuela en México era menor por 1.5 puntos al de la población total del mismo rango de edad (14.9% y 16.4% respectivamente), aunque en una de cada cuatro entidades el porcentaje de inasistencia escolar era superior entre las personas afrodescendientes de 3 a 17 años que entre el total de la población en el rango de edad. Las ocho entidades que presentaban esta última característica eran Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Guanajuato, Sinaloa, Sonora y Tamaulipas.
¿Dónde hay más casos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes que no asisten a la escuela?
Las entidades que presentaban mayores porcentajes de personas afrodescendientes de entre 3 y 17 años que no asistían a la escuela en 2020 eran Guanajuato, Chiapas y Chihuahua. En Guanajuato, una de cada cinco niñas, niños y adolescentes afrodescendientes no asistían a la escuela en 2020 (el 20.4%).
Por otra parte, los tres estados en los que se concentraba una mayor cantidad de población infantil y adolescente afrodescendiente que no asistía a la escuela el mismo año eran Guerrero, Estado de México y Oaxaca; entidades donde residía una de cada tres niñas, niños y adolescentes afrodescendientes que no asistían a la escuela.
Estas cifras no se distribuían uniformemente a lo largo de distintos rangos de edad. Entre los 3 y 5 años, las tres entidades con mayores porcentajes de niñas y niños afrodescendientes que no asistían a la escuela eran Chihuahua, Baja California y Tamaulipas. Los porcentajes de inasistencia escolar en las poblaciones afrodescendientes de entre 3 y 5 años en estas entidades superaban la proporción de dos de cada cinco.
En contraste, la entidad que presentaba el mayor porcentaje de niñas y niños afrodescendientes de entre 6 y 11 años que no asistían a la escuela era Chiapas, donde una de cada 12 niñas y niños afrodescendientes en el rango de edad no asistía a la escuela. El estado de Chiapas era seguido por Baja California y Guanajuato en la lista de entidades con mayor porcentaje de niñas y niños de 6 a 11 años que no asistían a la escuela.
De los 12 a los 14 años, al menos una de cada ocho adolescentes afrodescendientes no asistían a la escuela en Chiapas, Michoacán y Guanajuato. Y al alcanzar el rango de edad de los 15 a los 17 años, al menos una de cada tres personas adolescentes no asistían a la escuela en Guanajuato, Chiapas y Michoacán.
¿Qué sexo y edad tiene la infancia y adolescencia afrodescendiente que no asiste a la escuela?
El porcentaje de la población afrodescendiente de 3 a 17 años que no asistía a la escuela en 2020 era mayor entre los hombres que entre las mujeres por un punto porcentual a nivel nacional (15.4% y 14.4% respectivamente). Entre la población total de niñas, niños y adolescentes en México el porcentaje de los hombres que no asistían a la escuela también era mayor que el de las mujeres en la misma situación por una brecha aún mayor; de 1.3 puntos.
Por otro lado, esta brecha entre los sexos en la inasistencia escolar podía observarse desde los 3 a 5 años, edad a la que la proporción de niños afrodescendientes que no asistían a la escuela a nivel nacional ya era mayor por 0.6 puntos porcentuales que la de las mujeres afrodescendientes de la misma edad. Esta misma brecha se ampliaba a 1.2 puntos de diferencia en la población afrodescendiente nacional de entre 12 y 14 años y ascendía hasta 2.5 puntos porcentuales entre las y los adolescentes afrodescendientes de 15 a 17 años en el país.
En la población total de 3 a 17 años del país un patrón similar fue observado, aunque la brecha entre hombres adolescentes de 15 a 17 años que no asistían a la escuela y mujeres de la misma edad que no asistían a la escuela era todavía mayor en la población total del país (de 3.6 puntos porcentuales.)
En adición, entre la población afrodescendiente de 3 a 17 años, la primera infancia y la adolescencia estaban más privadas de este derecho a nivel nacional durante 2020. La primera infancia era la más afectada por la carencia de acceso a este derecho, ya que una de cada tres niñas y niños afrodescendientes de entre 3 y 5 años en México no asistían a la escuela en 2020 (32.3%).
En contraste, el rango de edad en el que se observó un menor porcentaje de inasistencia escolar entre la infancia y adolescencia afrodescendiente en el país durante 2020 fue el de los 6 a 11 años, edad a la que casi una de cada 25 niñas y niños afrodescendientes no asistían a la escuela a nivel nacional (4.1%).
A partir de los 12 años, la inasistencia escolar de la adolescencia afrodescendiente en este país aumentaba con la edad. Así, mientras una de cada 11 personas adolescentes afrodescendientes de entre 12 y 14 años no asistían a la escuela en México durante 2020 (8.7%), esta proporción se elevaba a una de cada cuatro entre las y los adolescentes afrodescendientes de 15 a 17 años de edad del país (26.1%).
¿Qué se puede hacer para ayudar a promover y defender los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes en México?
En la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) realizamos actividades de incidencia política con la finalidad de promover que el Estado mexicano tome medidas para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes. Entre las actividades que realizamos se incluye la vigilancia de que las Observaciones al Estado mexicano que genera el Comité de los Derechos del Niño sean aplicadas. Estas son algunas de las medidas sugeridas en las últimas Observaciones:
- El Comité recomienda al Estado parte que: […] (a) Adopte una ruta de acción que incluya los recursos necesarios, un cronograma y metas medibles que implique a las autoridades a nivel federal, estatal y municipal a adoptar las medidas, incluyendo medidas afirmativas, para prevenir y eliminar la discriminación de facto contra la niñez indígena, afro-mexicana y migrante, la infancia con discapacidad, la infancia gay, lesbiana, transgénero o intersexual, la niñez en situación de calle, así como la infancia en situación de pobreza y en zonas rurales; […]
- El Comité recomienda al Estado Parte que intensifique sus esfuerzos para eliminar la pobreza infantil, mediante la adopción de una política pública que se realice en consulta con las familias, con niñas y niños y las organizaciones de la sociedad civil, incluidos aquellos de comunidades indígenas, afro-mexicanos, desplazadas, migrantes y comunidades rurales, y que asigne recursos adecuados para su implementación. […]
- […] [E]l Comité […] recomienda que el Estado Parte: […] (a) Aumente sus esfuerzos para mejorar la calidad de la enseñanza y su disponibilidad y accesibilidad en particular para las niñas, niñas y niños indígenas, afro-mexicanos, desplazados, de zonas rurales, que viven en pobreza, en situación de calle, migrantes nacionales e internacionales y con discapacidad, aumentando considerablemente el presupuesto de la educación y revisando las políticas pertinentes; […]
- […] [E]l Comité recomienda al Estado parte que: […] (a) Adopte medidas integrales, en particular medidas afirmativas, de conformidad con el artículo 40 de la LGDNNA, para que niñas y niños indígenas y afromexicanos gocen de todos sus derechos en la práctica, en particular en el área de salud, educación, nutrición y acceso a la justicia y servicios de registro civil. […] (b) Refuerce las medidas para proteger a niñas y niños indígenas y afro-mexicanos de la explotación y la violencia, incluso en los centros de acogida para niñas y niños indígenas que asisten a la escuela. Dichas medidas deben elaborarse en consulta con los líderes de las comunidades indígenas y afro-mexicanas; […] (c) Recopile datos desglosados sobre niñas y niños indígenas y afro-mexicanos y que estén relacionados con todos los ámbitos que abarca la Convención y sus Protocolos Facultativos. […]
Además, para la difusión de estas medidas realizamos materiales como este boletín en el que incluimos las siguientes recomendaciones:
- Resulta imprescindible llevar a cabo estrategias específicas desde el Gobierno, en colaboración con la Sociedad Civil y la academia, que estén ligadas a atender la discriminación que sufren niñas y adolescentes afrodescendientes.
- También es necesario seguir desagregando datos en todos los registros existentes por pertenencia, autoadscripción y por edad, con el objetivo de tener más información que ayude a medir y a conocer cómo viven las niñas afro en México.
- A su vez, impulsar el respeto a sus derechos a la educación, a una vida libre de violencias, a la salud, entre otras garantías que deben tener, para darles la oportunidad y el derecho a consolidarse como #NiñasPoderosas.
Si quieres apoyarnos promoviendo que el Estado mexicano tome medidas más efectivas para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes por favor visita nuestras redes sociales: facebook.com/derechosinfancia.org.mx.
¡Gracias!
Fuente: INEGI, Censo 2020.