Niñas, niños y adolescentes con discapacidad tienen derecho a la igualdad sustantiva y a disfrutar de sus derechos, de acuerdo a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA, Art. 53). Para ello, según la misma ley, las autoridades están obligadas a implementar medidas de nivelación, de inclusión y Acciones afirmativas (LGDNNA, Art. 54). Inclusive la ley va más allá para determinar que la negación de ajustes razonables consiste en una forma de discriminación por motivos de discapacidad (LGDNNA, Art. 54). ¿Para cuántas niñas, niños y adolescentes afrodescendientes pueden aplicar estas medidas?

¿Cuántas niñas, niños y adolescentes afrodescendientes con discapacidad hay en México?

Según el Censo 2020 que ha publicado INEGI, 57 mil personas afrodescendientes de 0 a 17 años (27 mil mujeres y 30 mil hombres) presentaban discapacidad en México durante 2020; esto correspondía al 8.8% de la población afrodescendiente en dicho rango de edad. En esta ocasión, el porcentaje de niñas, niños y adolescentes con discapacidad en el país era mayor por 2 puntos entre la población afrodescendiente (8.8%) que entre la población total (6.8%). 

¿Dónde hay más niñas, niños y adolescentes afrodescendientes con discapacidad en el país?

Campeche, Ciudad de México y Sonora eran las entidades con mayor porcentaje de personas afrodescendientes de entre 0 y 17 años con discapacidad en 2020. En estos tres estados más de una de cada 10 niñas, niños y adolescentes afrodescendientes tenían alguna discapacidad. Por otra parte, Guerrero, Estado de México y Veracruz eran las tres entidades con mayor cantidad de personas afrodescendientes de 0 a 17 años que presentaban alguna discapacidad. En alguno de estos tres estados residía una de cada tres niñas, niños y adolescentes afrodescendientes con discapacidad en el país.

¿Qué sexo y edad tiene la infancia y adolescencia afrodescendiente con discapacidad?

En el rango de edad de 0 a 17 años, el porcentaje de hombres afrodescendientes con discapacidad del país era ligeramente mayor al de las mujeres afrodescendientes durante 2020 (9% y 8.5%, respectivamente). Este mismo patrón también se observaba en la población total de 0 a 17 años del país, entre quienes el porcentaje de hombres con discapacidad (7.1%) era semejantemente mayor al de las mujeres (6.5%). 
Por otra parte, la incidencia de discapacidad en la población afrodescendiente de 0 a 17 años en México aumentaba con la edad.

De tal forma que entre los 0 y 4 años, más de una de cada 17 niñas y niños afrodescendientes en el país presentaba alguna discapacidad, mientras que entre los 15 y 17 años, casi una de cada nueve personas adolescentes afrodescendientes presentaba esta condición.

¿Qué se puede hacer para ayudar a promover y defender los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes en México?

En la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) realizamos actividades de incidencia política con la finalidad de promover que el Estado mexicano tome medidas para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes. Entre las actividades que realizamos se incluye la vigilancia de que las Observaciones al Estado mexicano que genera el Comité de los Derechos del Niño sean aplicadas. Estas son algunas de las medidas sugeridas en las últimas Observaciones:

  • El Comité recomienda al Estado parte que: […] (a) Adopte una ruta de acción que incluya los recursos necesarios, un cronograma y metas medibles que implique a las autoridades a nivel federal, estatal y municipal a adoptar las medidas, incluyendo medidas afirmativas, para prevenir y eliminar la discriminación de facto contra la niñez indígena, afro-mexicana y migrante, la infancia con discapacidad, la infancia gay, lesbiana, transgénero o intersexual, la niñez en situación de calle, así como la infancia en situación de pobreza y en zonas rurales; […]
  • El Comité recomienda al Estado Parte que intensifique sus esfuerzos para eliminar la pobreza infantil, mediante la adopción de una política pública que se realice en consulta con las familias, con niñas y niños y las organizaciones de la sociedad civil, incluidos aquellos de comunidades indígenas, afro-mexicanos, desplazadas, migrantes y comunidades rurales, y que asigne recursos adecuados para su implementación. […]
  • […] [E]l Comité […] recomienda que el Estado Parte: […] (a) Aumente sus esfuerzos para mejorar la calidad de la enseñanza y su disponibilidad y accesibilidad en particular para las niñas, niñas y niños indígenas, afro-mexicanos, desplazados, de zonas rurales, que viven en pobreza, en situación de calle, migrantes nacionales e internacionales y con discapacidad, aumentando considerablemente el presupuesto de la educación y revisando las políticas pertinentes; […]
  • […] [E]l Comité recomienda al Estado parte que: […] (a) Adopte medidas integrales, en particular medidas afirmativas, de conformidad con el artículo 40 de la LGDNNA, para que niñas y niños indígenas y afromexicanos gocen de todos sus derechos en la práctica, en particular en el área de salud, educación, nutrición y acceso a la justicia y servicios de registro civil. […] (b) Refuerce las medidas para proteger a niñas y niños indígenas y afro-mexicanos de la explotación y la violencia, incluso en los centros de acogida para niñas y niños indígenas que asisten a la escuela. Dichas medidas deben elaborarse en consulta con los líderes de las comunidades indígenas y afro-mexicanas; […] (c) Recopile datos desglosados sobre niñas y niños indígenas y afro-mexicanos y que estén relacionados con todos los ámbitos que abarca la Convención y sus Protocolos Facultativos. […]

Además, para la difusión de estas medidas realizamos materiales como este boletín en el que incluimos las siguientes recomendaciones:

  • Resulta imprescindible llevar a cabo estrategias específicas desde el Gobierno, en colaboración con la Sociedad Civil y la academia, que estén ligadas a atender la discriminación que sufren niñas y adolescentes afrodescendientes.
  • También es necesario seguir desagregando datos en todos los registros existentes por pertenencia, autoadscripción y por edad, con el objetivo de tener más información que ayude a medir y a conocer cómo viven las niñas afro en México.
  • A su vez, impulsar el respeto a sus derechos a la educación, a una vida libre de violencias, a la salud, entre otras garantías que deben tener, para darles la oportunidad y el derecho a consolidarse como #NiñasPoderosas.

Si quieres apoyarnos promoviendo que el Estado mexicano tome medidas más efectivas para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes por favor visita nuestras redes sociales: facebook.com/derechosinfancia.org.mx

¡Gracias!

Fuente: INEGI, Censo 2020.

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