En la Constitución Mexicana se reconocen a los pueblos y comunidades afromexicanas como parte de la composición pluricultural de la Nación (CPEUM, Art. 2). Además, en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se mandata que las autoridades deben llevar a cabo medidas especiales para prevenir, atender y erradicar la Discriminación Múltiple de la que son objeto niñas, niños y adolescentes afrodescendientes, entre otras poblaciones (LGDNNA, Art. 39).

Inclusive en la misma ley se establece que para eliminar los obstáculos que impiden la igualdad de acceso y de oportunidades a derechos como los de la alimentación, la educación y la atención médica, las autoridades deben diseñar, implementar y evaluar programas, políticas públicas a través de Acciones afirmativas (LGDNNA, Art. 37). ¿Cómo han impactado estas medidas la situación de los derechos de la infancia y adolescencia afrodescendiente en México?

A continuación presentamos la situación de algunos derechos de las niñas, niños y adolescentes afrodescendientes de México a partir de estadísticas oficiales, comenzando por el siguiente resumen:

  • La población infantil y adolescente afrodescendiente de México es mayor en cantidad a la población total de países enteros como Luxemburgo o Cabo Verde.
  • El Estadio Olímpico Universitario es el 2o estadio más grande del país con una capacidad para 72 mil espectadores; bueno, pues ni siquiera dos de estos estadios serían suficientes para albergar el total de las niñas, niños y adolescentes afrodescendientes que no tienen afiliación a servicios de salud en el país.
  • Si la población infantil y adolescente afrodescendiente de México fuera un equipo de Fut7, una de las jugadoras tendría que quedarse en la banca durante todo el partido para representar la proporción de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes que no asisten a la escuela a nivel nacional.
  • A nivel nacional, una de cada 23 mujeres afrodescendientes de 12 a 17 años están casadas o unidas y una de cada 37 son madres.

DEMOGRAFÍA

  • México tenía una población de más de 650 mil personas afrodescendientes de entre 0 y 17 años en 2020 (49.4% mujeres y 50.6% hombres); esto representaba más de una de cada 59 niñas, niños y adolescentes del mismo rango de edad en el país.

Fuente: INEGI, Censo 2020.

Ver más: Infancia y adolescencia afrodescendiente en México

DISCAPACIDAD

  • Una de cada 11 personas afrodescendientes de 0 a 17 años en México tenía alguna discapacidad en 2020; esto correspondía a 57 mil niñas, niños y adolescentes afrodescendientes.

Fuente: INEGI, Censo 2020.

Ver más: Niñas, niños y adolescentes afrodescendientes con discapacidad en México

ACCESO A SERVICIOS DE SALUD

  • Casi una de cada cuatro personas afrodescendientes de 0 a 17 años en México no tenía afiliación a servicios de salud en 2020; esto correspondía a 153 mil niñas, niños y adolescentes afrodescendientes.
    • El porcentaje de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes sin afiliación a servicio de salud en México durante 2020 era 2 puntos menor al de la población total del país (23.4% y 25.4%, respectivamente).

Fuente: INEGI, Censo 2020.

Ver más: Acceso a servicios de salud en la infancia y adolescencia afrodescendiente de México

INASISTENCIA ESCOLAR

  • Una de cada siete personas afrodescendientes de 3 a 17 años en México no asistían a la escuela en 2020; esto correspondía a casi 84 mil niñas, niños y adolescentes afrodescendientes.
    • El porcentaje de la población infantil y adolescente afrodescendiente que no asistía a la escuela en el país durante 2020 era 1.5 puntos porcentuales menor al de la población total de 3 a 17 años en la misma condición (14.9% y 16.4%, respectivamente).

Fuente: INEGI, Censo 2020.

Ver más: Asistencia escolar en la infancia y adolescencia afrodescendiente de México

MATRIMONIO Y UNIÓN ADOLESCENTE

  • Una de cada 23 mujeres afrodescendientes de 12 a 17 años en México vivían casadas o unidas en 2020; esto correspondía a 5 mil mujeres adolescentes afrodescendientes.
    • Durante 2020, el porcentaje de mujeres afrodescendientes que se encontraban casadas o unidas entre los 12 y 17 años en el país (4.4%) era poco más de medio punto mayor al de la población femenina total en el mismo rango de edad (3.7%).

Fuente: INEGI, Censo 2020.

Ver más: Matrimonio y unión temprana en niñas y adolescentes afrodescendientes de México

EMBARAZO Y MATERNIDAD ADOLESCENTE

  • Una de cada 37 mujeres afrodescendientes de 12 a 17 años en México tenían al menos un hijo en 2020; esto correspondía a 3 mil mujeres afrodescendientes adolescentes.
    • De los 12 a los 17 años, el porcentaje de mujeres afrodescendientes que habían tenido un hijo en México hasta 2020 fue de 2.7%, esto era ligeramente más elevado que el porcentaje del total de las mujeres afrodescendientes y no afrodescendientes en el mismo rango de edad (2.4%).

Fuente: INEGI, Censo 2020.

Ver más: Embarazo y maternidad de niñas y adolescentes afrodescendientes en México

¿Qué se puede hacer para ayudar a promover y defender los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes en México?

En la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) realizamos actividades de incidencia política con la finalidad de promover que el Estado mexicano tome medidas para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes. Entre las actividades que realizamos se incluye la vigilancia de que las Observaciones al Estado mexicano que genera el Comité de los Derechos del Niño sean aplicadas. Estas son algunas de las medidas sugeridas en las últimas Observaciones:

  • El Comité recomienda al Estado parte que: […] (a) Adopte una ruta de acción que incluya los recursos necesarios, un cronograma y metas medibles que implique a las autoridades a nivel federal, estatal y municipal a adoptar las medidas, incluyendo medidas afirmativas, para prevenir y eliminar la discriminación de facto contra la niñez indígena, afro-mexicana y migrante, la infancia con discapacidad, la infancia gay, lesbiana, transgénero o intersexual, la niñez en situación de calle, así como la infancia en situación de pobreza y en zonas rurales; […]
  • El Comité recomienda al Estado Parte que intensifique sus esfuerzos para eliminar la pobreza infantil, mediante la adopción de una política pública que se realice en consulta con las familias, con niñas y niños y las organizaciones de la sociedad civil, incluidos aquellos de comunidades indígenas, afro-mexicanos, desplazadas, migrantes y comunidades rurales, y que asigne recursos adecuados para su implementación. […]
  • […] [E]l Comité […] recomienda que el Estado Parte: […] (a) Aumente sus esfuerzos para mejorar la calidad de la enseñanza y su disponibilidad y accesibilidad en particular para las niñas, niñas y niños indígenas, afro-mexicanos, desplazados, de zonas rurales, que viven en pobreza, en situación de calle, migrantes nacionales e internacionales y con discapacidad, aumentando considerablemente el presupuesto de la educación y revisando las políticas pertinentes; […]
  • […] [E]l Comité recomienda al Estado parte que: […] (a) Adopte medidas integrales, en particular medidas afirmativas, de conformidad con el artículo 40 de la LGDNNA, para que niñas y niños indígenas y afromexicanos gocen de todos sus derechos en la práctica, en particular en el área de salud, educación, nutrición y acceso a la justicia y servicios de registro civil. […] (b) Refuerce las medidas para proteger a niñas y niños indígenas y afro-mexicanos de la explotación y la violencia, incluso en los centros de acogida para niñas y niños indígenas que asisten a la escuela. Dichas medidas deben elaborarse en consulta con los líderes de las comunidades indígenas y afro-mexicanas; […] (c) Recopile datos desglosados sobre niñas y niños indígenas y afro-mexicanos y que estén relacionados con todos los ámbitos que abarca la Convención y sus Protocolos Facultativos. […]

Además, para la difusión de estas medidas realizamos materiales como este boletín en el que incluimos las siguientes recomendaciones:

  • Resulta imprescindible llevar a cabo estrategias específicas desde el Gobierno, en colaboración con la Sociedad Civil y la academia, que estén ligadas a atender la discriminación que sufren niñas y adolescentes afrodescendientes.
  • También es necesario seguir desagregando datos en todos los registros existentes por pertenencia, autoadscripción y por edad, con el objetivo de tener más información que ayude a medir y a conocer cómo viven las niñas afro en México.
  • A su vez, impulsar el respeto a sus derechos a la educación, a una vida libre de violencias, a la salud, entre otras garantías que deben tener, para darles la oportunidad y el derecho a consolidarse como #NiñasPoderosas.

Si quieres apoyarnos promoviendo que el Estado mexicano tome medidas más efectivas para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes afrodescendientes por favor visita nuestras redes sociales: facebook.com/derechosinfancia.org.mx

¡Gracias!

Fuente: INEGI, Censo 2020.

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